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El presidente del Senado, Efraín Cepeda. Foto: Colprensa. |
El Tribunal Administrativo de
Cundinamarca declaró improcedente la decisión del Juzgado 16 de Bogotá, que
amparó una tutela con la que obligaba al Senado a publicar el proyecto de las
16 circunscripciones especiales de paz y enviarlo al Presidente de la República
para su promulgación, al considerar que el mecanismo idóneo es la acción de
cumplimiento.
De hecho, ante el Consejo de Estado
el ministro del Interior, Guillermo Rivera, radicó una acción de cumplimiento
contra el presidente del Congreso, Efraín Cepeda, en el que argumenta que el
proyecto de ley para las llamadas “curules para las víctimas” fue aprobado con
las mayorías exigidas por la Constitución y la ley.
De acuerdo con el Tribunal, el tema
está siendo discutido en el Consejo de Estado “quien mediante sentencia de
fondo, resolverá cuál es el quorum deliberatorio y aprobatorio a aplicarse en
el caso”.
Y agregó que la tutela no es un
mecanismo legal procedente, “ni siquiera de manera transitoria, para resolver
el conflicto jurídico planteado”.
A su turno el presidente del Senado,
Efraín Cepeda, aseguró que “nosotros también impugnamos la acción de
cumplimiento y esperamos una sentencia en el mismo sentido. Toda vez que fue
decretado el auto de archivo porque el proyecto no alcanzó los votos
suficientes, resucitarlo es absolutamente imposible y lo que debemos es
tramitar uno nuevo donde las víctimas estén legalmente representadas”.
La polémica
El 30 de noviembre de 2017, último
día de Congreso, la plenaria del Senado votó el proyecto de reforma
constitucional de las 16 circunscripciones especiales de paz, la mesa directiva
aseguró que la votación necesaria para la aprobación de la norma eran 51
senadores. Sin embargo, el proyecto solo alcanzó 50 votos, por lo que el
secretario general decretó el archivo.
A su turno, el Gobierno Nacional,
sustentado en una sentencia de la Corte Constitucional en la que se definía
cuál es el quorum del Senado, aseguró que debido a que existían tres sillas
vacías en ese momento, la configuración del legislativo cambiaba y la mayoría
absoluta eran 50 senadores, por lo que la mesa directiva debía decretar la
aprobación del proyecto.
A pesar de ello, Cepeda aseguró que
debido a que la apelación se dio luego de terminado el debate, esta resultaba
improcedente y por lo tanto se mantuvo en el archivo de la iniciativa.
El mismo presidente de la República,
Juan Manuel Santos, sostuvo que la aritmética es exacta por lo que “los fallos
de la Corte están y creemos que el proyecto de acto legislativo fue aprobado,
pero le corresponde al presidente del Senado dirimir esas controversias. Él
optó por apoyar a su secretario respetamos su decisión, pero de la misma forma
pelearemos porque ese proyecto sea aprobado por las víctimas y porque fue uno
de los compromisos hechos en la mesa de negociaciones”.
Por ahora, la última decisión está en
manos del Consejo de Estado. Aunque aplicaría un recurso para que la tutela
llegue a instancias de la Corte Constitucional.
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