Desde el 30
de enero comienza a regir el Nuevo Código de Policía que establece normas que
buscan mejorar la convivencia ciudadana.
Ante esto, las autoridades
plantearon varias opciones para que los colombianos
tengan en cuenta para que la sanción interpuesta sea absuelta, si no está de acuerdo
con ella.
Una vez impuesto el
comparendo, el ciudadano tiene las siguientes alternativas.
1. Si la persona acepta la
comisión del comportamiento contrario a la convivencia, sin necesidad de otra
actuación administrativa, podrá:- A
cambio del pago de la multa general tipo 1 y 2, dentro de un plazo máximo de
cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición de la ‘Orden de Comparendo
Nacional y Medidas Correctivas’, participar voluntariamente en el
programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia y solicitar a la
autoridad de Policía que se conmute la multa.
-
Cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa general en
cualquiera de los cuatro tipos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
orden de comparendo nacional y medidas correctivas, este
constituye descuento por pronto pago.
2. Si la persona no está de
acuerdo con la aplicación de la multa señalada en la ‘Orden
de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ o con el cumplimiento de la
medida de participación en el programa comunitario o actividad pedagógica de
convivencia, deberá:
-
Manifestar de inmediato ante el uniformado de la Policía su deseo de hacer uso
del recurso de apelación en contra de la orden de policía o la medida
correctiva, el cual se concederá en el efecto devolutivo y se
remitirá al Inspector de Policía dentro de las 24 horas siguientes a la
imposición de la ‘Orden de Comparendo Nacional y Medidas Correctivas’ y se resolverá dentro de los tres días
hábiles siguientes al recibo de la actuación.
- Frente a la orden de
comparendo deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes ante
la autoridad competente, donde se decretarán
o practicarán las pruebas que solicite o las de oficio que se consideren
pertinentes, encaminadas a absolver al inculpado o declararlo responsable del
comportamiento contrario a la convivencia.
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