domingo, 29 de mayo de 2016

Corte Constitucional abrió la puerta para que niños puedan heredar pensión de sus abuelos

"Indicó la Corporación Judicial que se debe proteger las familias compuestas por personas diferentes a mamás y papás"

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Un fallo transcendental profirió la Corte Constitucional al determinar que la pensión de sobreviviente puede ser otorgada a aquellos niños que sean criados bajo la figura de un "co-padre de crianza por asunción solidaria".
Indicó la Corte con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos que se debe amparar los derechos de una familia así está no esté compuesta solo por mamás y papás.
El pronunciamiento se hizo al fallar una tutela a favor d
e un menor de edad que fue criado y educado por su abuelo dado a que su padre no lograba conseguir trabajo por un problema en una mano.
Señaló Rojas Ríos que "el derecho debe ajustarse a las realidades sociales en las que las familias no sólo están compuestas por vínculos jurídicos o naturales sino también por lazos de afecto".

Con este fallo la Corte creo un nuevo modelo de sistema pensional al considerar que aquella persona que se haga cargo de un menor de edad puede ser considerado como un "co-padre de crianza por asunción solidaria de la paternidad" por lo que aquellos niños criados por ese modelo podrían ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes hasta que puedan sostenerse por sí solos.

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