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Una millonaria condena profirió el
Consejo de Estado contra el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional por las
heridas que sufrió un hombre por parte de miembros de la Policía Nacional en
1999 en Risaralda.
La Corporación Judicial determinó que
agentes de la policía nacional se extralimitaron al haber llevado hasta una
estación de policía a un hombre que estaba transitando en su motocicleta en un
horario no permitido.
Señalaron que según las pruebas
recolectadas se evidenció que los agentes lo golpearon cuando él hombre se
rehusó a que se lo llevaran a los calabozos.
Según dijeron los familiares de la
víctima cuando fueron a recogerlo lo encontraron “mojado, ensangrentado y
escurriendo sangre por nariz y boca”.
“Pese a que se reconoce la
responsabilidad jurídica y administrativa de la Policía Nacional en el daño
ocasionado, la Sala encuentra igualmente, tanto en los hechos de la demanda
como en el material probatorio obrante en el plenario, prueba fehaciente e inequívoca,
que el comportamiento del señor hacia los agentes de policía al momento que se
efectuó la requisa fue desobligante y retador” señaló el Consejo de Estado.
Esta sentencia se da a pocos dìas de que el Parlamento Colombiano haya aprobado el Nuevo Còdigo Nacional de Policìa
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