Los derechos fundamentales de un miembro de la comunidad LGBTI que se
encuentra pagando una codena fueron tutelados por las Constitución Pública, al
comprobarse que ha sido víctima de maltrato físico y psicológico por su
condición sexual.
Este sujeto presentó una tutela al considerar una afectación a sus derechos
por parte de los otros internos e incluso de las autoridades carcelarias debido
a su orientación sexual.
La tutela fue analizada por el alto tribunal que detalló que en una
oportunidad su compañero de celda intentó abusar sexualmente de él, lo que le
generó una crisis psicológica por lo que intentó quitarse la vida.
El alto tribunal indicó que el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec)
debe tomar las medidas necesarias dirigidas a proteger la integridad de los
miembros de esta comunidad que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
“Las personas LGBT recluidas en establecimientos carcelarios se encuentran
en estado de vulnerabilidad por no estar privadas de la libertad, en
condiciones de hacinamiento, violencia y acceso precario a los derechos
básicos”, señaló el fallo.
A lo anterior, agregó el fallo: “El Estado es quien tiene la obligación de
impedir que otros reclusos, así como el personal penitenciario, amenacen las
vida del interno. Dicha obligación apareja la de verificar y, si es del caso,
enfrentar efectivamente las amenazas contra la vida de los reclusos”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario