
Según
Normas Un ciudadano se hará acreedor de un comparendo
ambiental si realiza alguna de las siguientes
conductas:
1. Presentar
para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la
empresa prestadora del servicio.
2. No
usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos
sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos.
3. Disponer
residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni
autorizados por autoridad competente.
4. Arrojar
residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público
como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de
alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y
otras estructuras de servicios públicos, entre otros.
5. Arrojar
escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, fuentes de agua y bosques,
entre otros ecosistemas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario