sábado, 5 de mayo de 2018

CON RECURSOS DE REGALÍAS SE PODRÍAN ALIVIAR DEUDAS DE LA SALUD


Los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) podrán ser utilizados para que los departamentos costeen medicamentos no incluidos en el Plan de Beneficios de los afiliados al régimen subsidiado; para que las entidades territoriales capitalicen EPS en las que tengan participación; y para que los municipios culminen el saneamiento de sus deudas del régimen subsidiado anteriores al 2011, de acuerdo con el mandato de la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 1080 de 2012.

Así fue establecido en el Decreto 744 de 2018, que reglamenta las leyes 1797 de 2016 y 1608 de 2013. Con estas disposiciones, departamentos, distritos y municipios podrán aliviar deudas que hoy superan el billón de pesos. No obstante, como advirtió el ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, “se trata de un decreto potestativo; esto significa que las entidades territoriales podrán, pero no tienen que hacerlo, utilizar recursos del SGR para pagar deudas con el sistema de salud”.

De acuerdo con el decreto, cuando se trate de usar los recursos de regalías para capitalizar o sanear EPS, la entidad territorial debe contar con la totalidad de los recursos que determine la Superintendencia Nacional de Salud para asegurar las condiciones financieras y de solvencia de la EPS. Los recursos del SGR solo podrán ser usados una sola vez con este propósito.


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