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Magistrado Luis Ernesto Vargas |
La advertencia la hizo la
Corte Constitucional al fallar una tutela que fue presentada por varias
familias que fueron desalojados del parque conocido como la iguana en Yopal, Casanare.
Dentro del grupo de
personas que fueron desalojadas había menores de edad, mujeres embarazadas y
adultos mayores.
Explicó el alto tribunal
con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, que los casos de desalojo de
bienes de uso público, que tienen que ver con derechos de sujetos de especial
protección o en estado de vulnerabilidad, no pueden ser desalojados sin la
adopción previa de medidas alternativas que garanticen su dignidad en relación
con la vivienda.
Asimismo, afirmó que si
las personas a desalojar no poseen recursos económicos para acceder a una
vivienda, se deben adoptar medidas tales como el albergue temporal y programas
de vivienda.
En caso de que eso no
suceda, las familias “podrán continuar ocupando el inmueble en el que
habitaban" y solo se podrá ordenar un nuevo desalojo sí se presenta
"una situación que amenace de manera grave la vida e integridad de los
ocupantes”.
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