jueves, 14 de julio de 2016

Presidente, Gobernadores y Alcaldes nombrarán directores de hospitales públicos

El Gobierno, a través del ministro de Salud, Alejandro Gaviria, defendió los cambios de fondo que tendrá el proceso de selección de los gerentes y directores de los hospitales públicos o empresas sociales del Estado.

El artículo 20 de la reforma, que está para conciliación en la Cámara, señala una vez sea aprobada la ley ya no habrá más concursos o procesos de selección como los que venía realizando algunas universidades, cuyo trámite en la mayoría de los casos ha sido cuestionado.

“En el nivel nacional los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados por el Presidente de la República. Corresponderá al Presidente de la República, a los Gobernadores y los Alcaldes, dentro de los tres (3) meses siguientes a su posesión”.

Serán nombrados para periodos institucionales de cuatro años, que terminarán tres meses después del inicio del periodo institucional del Presidente, el gobernador o el alcalde. Sólo podrán ser retirados del cargo por evaluación insatisfactoria del plan de gestión, destitución o por orden judicial.

La norma establece que “para el caso de los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado que a la entrada en vigencia de la presente ley hayan sido nombrados por concurso de méritos o reelegidos, continuarán ejerciendo el cargo hasta finalizar el período para el cual fueron nombrados o reelegidos”.

Para el ministerio de Salud la reforma lo que busca es que los mandatarios asuman la responsabilidad política sobre la designación y el trabajo del gerente o director del hospital y por esa vía garanticen una efectiva prestación de servicios.

“No se trata de politiquería”, aseguró una fuente del ministerio.

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