La Procuraduría General de la Nación
conminó a alcaldes, gobernadores y autoridades ambientales a que hagan cumplir
las normas legales contra el ruido, metan en cintura a las discotecas y otros
factores de ruido y que, además, de acuerdo con el POT, reubiquen
establecimientos comerciales e industriales que están en zonas no aptas para su
funcionamiento.
Al efecto, el ministerio público envió
un memorando a las autoridades departamentales y municipales en el cual
advierte que el ruido ha sido un factor de contaminación que ha vulnerado el
derecho de muchos colombianos y les recuerda las obligaciones que en este campo
deben cumplir, en concordancia con las disposiciones previstas en los artículos
277 y 278 de la Constitución Política de Colombia de 1991.
La Procuraduría exhorta a los
gobernadores, alcaldes municipales y distritales, a las corporaciones autónomas
regionales y de desarrollo sostenible y autoridades ambientales de grandes
centros urbanos para que den cumplimiento a la normatividad relacionada a
disminuir el ruido en todas las regiones y sectores, en virtud del cual son las
autoridades ambientales competentes en sus respectivas jurisdicciones.
El llamado lo hizo el órgano de control
por medio del memorando 012 de junio del presente año, considerando que el
ruido ha sido un factor de contaminación que ha vulnerado el derecho de muchos
colombianos a una vida y vivienda digna, así como a un ambiente sano.
La Procuraduría pide ejercer un mayor
control y vigilancia al tema en mención para que así se dé cumplimiento a lo
estipulado en la Ley, y adicionalmente, presentó algunas reflexiones sobre el
ruido y recordó las obligaciones ambientales de los departamentos y municipios.
Algunas de las obligaciones legales señalan que, según la Ley 99 de
1993, los gobernadores deben promover y ejecutar en sus departamentos programas
y políticas nacionales, regionales y sectoriales en relación con el medio
ambiente y los recursos naturales renovables y ejercer en coordinación con las
demás entidades del Sistema Nacional Ambiental (Sina) funciones de control y
vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de
velar por el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en
materia ambiental y de proteger el derecho a un ambiente sano.
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