El Ministerio de Relaciones Exteriores informó que
desde el próximo 15 de diciembre entrará en vigor una nueva reglamentación en
materia de visas para los extranjeros que quieran o necesiten ingresar al país.
La modificación consiste en reducir los veintiún tipos de visado actuales a
solo tres, y que establecen el estatus migratorio acorde al propósito de la
visita. Su Noticiero Popular conoció que las nuevas vategorías de visado serán;
Visa de visitante (tipo V): prevista para el extranjero que quiera visitar
Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin
establecerse de manera permanente. Esta visa le permite al titular realizar,
entre otras actividades, gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o
trámites de inversión directa y creación de empresas.
Visa de Residente (tipo R): para quienes aspiren establecerse o fijar su
domicilio permanente en Colombia.
Visa de Migrante (tipo M): para el extranjero que desee ingresar o permanecer
en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple con las
condiciones para solicitar visa de residente”.
Así mismo, la cancillería aclaró que las visas
expedidas antes del 15 de diciembre mantendrán su vigencia y condiciones. “El
titular deberá solicitar una visa conforme a la nueva resolución, únicamente al
vencimiento de la visa actual”.
Según informó el ministerio, el procedimiento no
cambia y se mantiene el el uso del sistema electrónico implementado en Colombia
desde 2013, “que permite a través de la plataforma digital atender una
solicitud de visa de manera completa. Asimismo, los tres tipos de visa podrán
tramitarse ante cualquier oficina consulares en el exterior o en la Oficina de
visas de Bogotá”.
El ministerio aseguró que los extranjeros que
pueden ingresar al país sin necesidad de visa podrán seguir visitando el país
por el tiempo establecido, y tal como lo venían haciendo, “siempre y cuando el
propósito de la visita tenga fines de turismo y actividades no remuneradas”.
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