La Corte Suprema de Justicia determinó que las agresiones
entre exparejas ya no podrán ser constituidas como violencia intrafamiliar, la
decisión tiene que ver con el caso de una mujer que durante 11 años fue víctima
de agresiones por parte de su pareja sentimental, el hombre fue condenado a 6
años de prisión y cuando salió de la cárcel apeló la condena argumentando que
no era un caso de violencia intrafamiliar sino meras lesiones personales.
La Corte le dijo que no, y al contrario determinó que aunque
no existan sentimientos de amor entre una pareja, una violencia intrafamiliar
se configura por el simple hecho de vivir bajo el mismo techo, así lo explicó
el Magistrado Antonio Hernández Barbosa ponente del fallo.
Jeimy Pardo, la víctima de este hombre recordó los hechos e
hizo un llamado a denuncias a las mujeres víctimas de cualquier tipo de
agresión, "fallaron a lo favor porque si fui vulnerada de mis derechos,
calle muchas cosas por proteger a mi hijo y ahora no niego que tengo miedo por
las represalias, pero invito a denunciar".
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